Atmósferas con riesgo de explosión: legislación ATEX
1. Fuente de inflamación (llama, chispa, punto caliente)
2. Oxígeno del aire
3. Combustible (gas o vapores inflamables, polvo)
¿En qué condiciones puede producirse una explosión?
Existe riesgo de explosión cuando están presentes varios elementos:
- Un comburente: el oxígeno del aire, por ejemplo.
- Un combustible:
- Gases y vapores: hidrocarburos, disolventes, barnices, diluyentes, gasolina, alcohol, colorantes, perfumes, productos químicos, agentes de fabricación de materiales plásticos...
- Polvos: magnesio, aluminio, azufre, celulosa, cereales, carbón, madera, leche, resinas, azúcares, almidón, poliestirenos, abonos...
- Un punto caliente o una fuente de ignición.
Por ejemplo, cuando se rellena un silo de grano, la concentración de polvo es muy elevada. La atmósfera se vuelve peligrosa: una elevación de la temperatura o una simple chispa puede provocar una explosión.
Si se identifica un riesgo de explosión en una atmósfera (gases o polvos), se le asocia una exigencia de seguridad que impone la utilización de equipos específicos denominados antideflagrantes. Estos equipos ofrecen diferentes modos de protección con el objetivo de suprimir este riesgo de explosión.
Legislación ATEX
¿Qué es la legislación ATEX?
La legislación ATEX es una directiva europea que exige, a todos los responsables de una empresa, tener controlados los riesgos relativos a la explosión de ciertas atmósferas. Para ello, es necesaria una evaluación del riesgo de explosión en la empresa para poder identificar todos los lugares donde pueden formarse atmósferas explosivas y, así, poner los medios para evitar las explosiones.
¿Cómo escoger un material adaptado a una atmósfera en la que existe un riesgo de explosión?
Las atmósferas ATEX se subdividen en 3 zonas:
- Zonas 0, 1 o 2 para los gases.
- Zonas 20, 21 o 22 para los polvos.
Existen dos grupos de aparatos:
- Grupo I: específico para utilizar en las minas (más exigente).
- Grupo II: para utilizar en todas las industrias de superficie.
En cuanto al Grupo II (industrias de superficie): a cada clasificación de zona ATEX se asocia una categoría de aparatos adaptada.
Clasificación de la zona | Clasificación ATEX de los aparatos a utilizar (referente al grupo II para las industrias de superficie) |
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Zona 0 (gases) RIESGO PERMANENTE |
Categoría 1 NIVEL DE PROTECCIÓN MUY ALTO |
La mezcla explosiva está presente permanentemente o durante un período prolongado.
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Zona 1 (gases) RIESGO FRECUENTE |
Categoría 2 NIVEL DE PROTECCIÓN ALTO |
La mezcla explosiva es probable que se forme durante la explotación normal de la instalación.
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Zona 2 (gases) RIESGO ESPORÁDICO |
Categoría 3 NIVEL DE PROTECCIÓN NORMAL |
La mezcla explosiva es poco probable que se forme o sólo permanece durante breves períodos de tiempo.
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¿Cuáles son las características específicas de las linternas certificadas?
Los productos clasificados en los diferentes grupos pueden tener diferentes modos de protección contra la explosión. Estos modos están diseñados en función de la zona para la que el aparato está destinado para ser utilizado. Ejemplos: zonas 1/21, zonas 2/22.
Cuanto más exigente sea el modo de protección de una linterna frontal (zonas 1/21, zonas 0/20), menos potente será la iluminación. Las intensidades y las tensiones autorizadas pueden ser bajas, para asegurar que el aparato no pueda producir un arco, una chispa o una temperatura peligrosa.
¿Cómo funciona la clasificación de los gases?
La norma ATEX también propone una clasificación de los gases con riesgo de explosión contra los que el usuario puede protegerse utilizando un producto con un sistema de protección adaptado.
Para los materiales de grupo II, la peligrosidad de los gases cubiertos por el producto va de la subdivisión IIA -el menos peligroso- a la subdivisión IIC -el más peligroso.
Algunos gases de referencia:
- Grupo I: metano
- Grupo IIA: propano
- Grupo IIB: etileno
- Grupo IIC: hidrógeno/acetileno
Para determinar por tipo de sitio los gases susceptibles de estar presentes y sus subdivisiones, consulte la tabla de subdivisiones de los gases y vapores para el grupo II (instalación de superficie).
Clases de temperaturas para los gases y los polvos
La envolvente de la linterna antideflagrante no tiene que presentar en su superficie externa puntos calientes que puedan provocar una autoinflamación. Las diversas sustancias pueden inflamarse a temperaturas diferentes. Cuanto más baja es la temperatura de inflamación, más peligrosa es la sustancia. En consecuencia, cada aparato, utilizado en una atmósfera explosiva, se clasifica según la temperatura superficial máxima que genera.
Existen 6 clases de temperaturas, de T1 a T6:
La temperatura máxima de superficie del material siempre debe ser mucho más baja que la temperatura de autoinflamación de los polvos o de los gases presentes.
Clases y temperaturas de autoinflamación para los gases
Hidrógeno 560° (T1)
Metano 537° (T1)
Etileno 425° (T2)
Acetileno 305° (T2)
Queroseno 210° (T3)
Éter etílico 160° (T4)
Disulfuro de carbono 95° (T6)
Clases y temperaturas de autoinflamación para nubes de polvo
Hollín 810° (T1)
PVC 700° (T1)
Aluminio 590° (T1)
Polvo de trigo 510° (T1)
Azúcar 490° (T1)
Harina 490° (T1)
Metilo de celulosa 420° (T2)
Polietileno 420° (T2)
Polvo de carbón 380° (T2)
Consulte la clasificación de los gases en función de su temperatura de autoinflamación.
Para determinar por tipo de lugar, los polvos susceptibles de estar presentes, y su temperatura de autoinflamación, consulte la tabla de clasificación de los polvos según su temperatura de autoinflamación.
¿Qué significa el marcado?
Todos los aparatos destinados a ser utilizados en el interior de zonas explosivas tienen un marcado específico sobre el propio producto. Este marcado incluye todas las indicaciones necesarias para determinar las zonas de utilización posibles.
Ejemplo de marcado:
CE 0081 II 2 GD Ex nAnL IIB T4
- CE: el material cumple con las exigencias de la Directiva Europea que le son aplicables
- 0081: número de identificación del organismo notificado, cuando interviene en la fase de control de la producción. Aquí este número corresponde al LCIE - Bureau Véritas. Este número también puede ser 0080, por ejemplo, para el INERIS.
- : Utilización autorizada en atmósfera explosiva.
- II : grupo de aparatos
(I = minas, II = industria de superficie) - 2 : categoría de los aparatos
(1 = riesgo permanente (zonas 0/20), 2 = riesgo frecuente (zonas 1/21), 3 = riesgo esporádico (zonas 2/22)) - GD: clasificación de la atmósfera: G = gases y vapores, D = polvos
- Ex: el producto cumple con los modos de protección normalizados por el CENELEC
- nAnL: modo de protección
- IIB: corresponde a la clase de gas cubierta por el producto
- T4: clase de temperatura correspondiente a una temperatura de superficie